La violencia de género
está
presente en nuestra sociedad, y para ello
existen medidas que deben aportar seguridad y protección a
la víctima
como son las órdenes de alejamiento.
En nuestra ciudad, en los juzgados se tratan diferentes
casos de ordenes de alejamiento.
Existen diferentes grados de órdenes de alejamiento, desde las más básicas, hasta
las más fuertes como son las que se le imponen
al maltratador
por la peligrosidad que el juzgado ve en él. Este tipo de órdenes más potentes, se basan en
ponerle al agresor un brazalete en
el tobillo para controlar que cumple la orden de alejamiento mediante
un
sistema telemático.
A pesar de esto, existen casos donde aunque se quebrante la orden de alejamiento con control de sistema telemático, el Juzgado en primera instancia, permite que el agresor quebrante la orden sin que tenga ningún tipo de
consecuencias, provocando en las víctimas un daño psicológico atroz.
¿Entonces para qué se imponen este tipo de órdenes de alejamiento? Existe un caso reciente de Ciudad Real, donde los motivos por los que
se acusa tanto por ministerio fiscal como por la acusación particular,
son motivos que CENTRO DE CONTROL COMETA (que son los encargados de controlar este tipo de órdenes de alejamiento) aportó mediante grabaciones de teléfono con el acusado así como posicionamientos e incidencias reales y contrastadas, y queda demostrado que se producen diferentes delitos. De los cuales el juzgado de lo penal lo ha dejado absuelto. Y por lo que expertos y profesionales han decidido aportar datos sobre este caso en concreto, así como otros muchos más que suceden, ya que de esta forma no estamos ayudando ni a la sociedad ni a las víctimas de violencia de género. Lo que se pretende con estos comunicados es que se haga eco de una realidad que sufren muchas mujeres, para que se lleven a cabo cambios y mejoras.
En primer lugar, emite comunicado Juan de Díos Ramirez Sarrión,
letrado
con
una amplia experiencia laboral, que ha participado en casos famosos
como el de María Salmerón, Juana Rivas, Marta del Castillo, entre otros.
Comunicado del Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla,
JUAN DE DIOS RAMIREZ SARRIÓN, en relación a la reciente sentencia de fecha 9 de mayo de 2022
dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de los
de
Ciudad Real, en el que se juzgó a
una
persona que presuntamente había quebrantado medida de alejamiento impuesta y tenía un dispositivo de control. El motivo
de
este comunicado, no es otro que informar de lo
que
ha sucedido y está sucediendo con los dispositivos de control
para que se
cumplan las medidas de alejamiento:
Considero que el sistema de control
deviene absolutamente ineficaz y no garantiza la integridad ni la seguridad de la víctima, si desde la jurisdicción penal se dictan absolutorias en las que
a pesar de
contar con todos los informes y grabaciones por el Centro de Control de gestión de estos dispositivos, en los que se demuestra de manera
fragante el incumplimiento de la medida, se está enviando un mensaje de ABSOLUTA
INSEGURIDAD PARA LAS MUJERES VICTIMAS DE MALTRATO, cuya única medida de
seguridad es un dispositivo de alerta y de que
el sistema no está funcionando, pues como hemos dicho el mensaje que le transmitimos a la sociedad es que las órdenes de alejamiento si no se cumplen no pasa nada, y a las mujeres víctimas de violencia de género les estamos diciendo que
aunque les pongan una orden de alejamiento no
están seguras, y
aunque su maltratador la
incumpla, no va a suceder nada.
Recientemente mi Despacho profesional,
se enfrenta a un caso que nos ha llamado la
atención, porque no damos crédito a lo que está
sucediendo y queremos ponerlo en
conocimiento, y por eso hacemos
este comunicado.
En este caso previamente se le impuso al maltratador una medida de alejamiento y tanto
al maltratador ya condenado en firme como a la víctima, se le impuso un control telemático, es decir, se le puso una pulsera para controlar que el maltratador cumplía con la orden de alejamiento, dada la peligrosidad de este agresor.
A día de hoy cumple condenas por los siguientes delitos:
Condenado por el
Juzgado de lo Penal número 2 de Ciudad Real,
en
el procedimiento
abreviado 260/2018 por los
siguientes delitos:
- Delitos
de
maltrato habitual, condenado a 22 meses de prisión
- por 4 delitos de malos tratos en el ámbito de violencia sobre la mujer, condenado
de
7 meses de prisión cada uno de los
delitos.
- por los
delitos de lesiones fue condenado a 2 años de prisión.
Ratificado todas estas condenas por la Audiencia Provincial de Ciudad Real Sección 2 en el
rollo de sala 58/19.
Y así mismo también ha sido
condenado como
autor
criminalmente responsable de un delito de descubrimiento y revelación de secretos del art. 197.1 CP, la pena de 2 años
y seis meses de prisión en reciente sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Ciudad
Real, en el procedimiento abreviado 456/2019 y ratificado por la Audiencia Provincial de Ciudad Real Sección 1 en el rollo de apelación 100/2021.
Pero en los juicios celebrados por quebrantamiento de medida, en el que tanto el
ministerio fiscal como la acusación particular ejercida por este despacho en nombre de la víctima, las sentencias han sido absolutorias.
Y ello pese a que se ha demostrado suficientemente, que en varias ocasiones el agresor, provocó que saltaran las alarmas por separación del brazalete provocando que la orden de alejamiento no funcione. La separación de estos 2
elementos sólo y únicamente la puede llevar acabo el agresor, que es el que los porta y los
tiene en su poder.
En múltiples ocasiones el agresor, provocó que saltaran las alarmas por no atender
llamadas telefónicas ni de Centro de Control Cometa ni de la propia Policía. Así como en otras múltiples ocasiones el agresor, se negó a seguir las instrucciones que el sistema le exigía para un correcto funcionamiento de la orden de alejamiento.
En otras muchas ocasiones el agresor,
el propio agresor elige posicionarse en lugares donde sabe que no va a haber GPS y así va hacer que el funcionamiento de seguimiento
de
GPS de su orden de alejamiento no funcione. Haciéndolo así ineficaz.
En otra ocasión dejó sin batería de manera voluntaria el dispositivo provocando que así se apagase y el seguimiento de GPS de la orden de alejamiento no funcionase.
En otras ocasiones pasó por el domicilio de la víctima, lugar que tiene totalmente
prohibido (Zona de exclusión fija) sin haber avisado a policía o Centro de Control Cometa
y sin haber pedido permiso judicial previo.
E incluso tras exigirle en varias ocasiones policía y Centro Control Cometa que debía
pasar
de
manera urgente para pasar un mantenimiento obligatorio de la orden de alejamiento él se negaba continuamente.
Todo esto queda demostrado con documental de Centro de Control
Cometa y con grabaciones de llamadas donde el acusado se oye hablar con Centro de Control Cometa,
negándose a seguir instrucciones y negándose a pasar de
manera inmediata el mantenimiento.
A
pesar de todo ello, ha sido absuelto y ahora debemos proceder al
recurso de apelación correspondiente, alargando este proceso que
tanto daña psicológicamente a la
víctima.
Existen sentencias precedentes que hemos querido aportar a este procedimiento
donde por los mismos hechos se condenaba al acusado y se le otorgaba una indemnización por daños morales y psicológicos a la víctima, pero que la Jueza de este
procedimiento no quiso aceptar.
Considero que todas las administraciones implicadas y más concretamente el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer, debería tomar conocimiento de estas sentencias, pues el Sistema de Control establecido para garantizar la seguridad e integridad de las mujeres víctimas de maltrato es ineficaz para la jurisdicción penal y se precisa urgentemente un profundo análisis y estudio por la administración competente, pues la integridad física y psicológica de las victimas protegidas, está en juego
En segundo lugar, emite comunicado el director de la Asociación Alma,
asociación basada en la lucha contra la violencia de género y donde son expertos en estos temas.
Don Gregorio Gómez Mata ha querido mandar
otro comunicado con respecto a este caso en concreto, y que considera que se debe conocer para que el sistema cambie.
Él fue conocedor del daño que esta víctima estaba sufriendo por los quebrantamientos que su agresor estaba cometiendo continuamente para dañarla. ÉL mismo testificó en la vista oral de este procedimiento, como testigo directo de los daños que presenció en la víctima a consecuencia de los quebrantamientos de la orden de alejamiento que su agresor estaba provocando.
Por lo que Gregorio Gómez Mata nos ha emitido
este comunicado:
nuestro total apoyo a María Chaparro León y
denunciar la continua indefensión que sufren las mujeres una vez consiguen reunir las fuerzas suficientes y
comenzar a luchar por su LIBERTAD.
Continuamente las instituciones lanzan mensajes
en medios de comunicación o realizan campañas intentando incentivar a las mujeres a que interpongan una denuncia para poder poner en marcha toda la maquinaria institucional y “ayudarlas”.
Cargan sobre ellas la obligación de dar el primer paso, con la excusa de no poder hacer
nada si ellas no lo hacen primero. Aceptaremos
como “buena” tal obligación.
¿Pero qué ocurre cuando ellas dan el paso?
En teoría deberían empezar a funcionar todos
los
supuestos recursos
que
están a su
disposición, uno de ellos y vital en esos
primeros momentos, la PROTECCIÓN. Para ello la Justicia dispone de varias herramientas, entre ellas la orden de alejamiento, la
cual puede ir acompañada de la interposición de la Pulsera de Alejamiento en virtud
del
peligro que los
juzgados puedan observar, que por desgracia en ocasiones no es
muy acertado.
En muchas ocasiones, demasiadas, los penados
quebrantan la orden de alejamiento
intencionadamente de forma muy
sencilla, no podemos
olvidar que siempre controlan
a sus víctimas y saben sus
movimientos y costumbres, para ello es tan fácil como ir a
tomar un café justo al lado de donde la mujer tenga que pasar.
Una vez
vale, e incluso en dos ocasiones puede pasar esta situación por casualidad,
pero cuando la situación no para de repetirse y se ve claramente una intencionalidad por parte del penado, los
juzgados
deberían poner remedio a dicha situación, no solo con una condena firme por incumplimiento de una orden judicial, también con una compensación económica a la mujer que la sufre, ya que es un daño adicional
intencionado el que se produce.
En el caso de María Chaparro León ha ocurrido esto reiteradamente, lo cual sabemos
ya que la atendimos
personalmente cuando los hechos estaban sucediendo, y ella para
dar solución a esta continuación del maltrato por parte de su expareja solicitó ayuda a la justicia, la cual ya había condenado anteriormente al
maltratador. Ella ha aportado
multitud de pruebas probatorias que demuestran la intencionalidad por parte de
su expareja, el cual seguía maltratándola saltándose la orden de alejamiento o
incumpliendo las indicaciones que el Centro Cometa le daba para mantener el buen funcionamiento de la pulsera de alejamiento, pese a sentencias y
órdenes judiciales en vigor.
Pese a toda la
documentación y pruebas que se han presentado ante el tribunal, este
ha tomado la decisión de absolver a su
expareja de tales hechos. Esto demuestra
dos cosas:
1.- Incomprensión
total por muchas de las personas que forman parte de los
juzgados en que consiste realmente la
violencia de género y como los hechos descritos son una
manera más que tiene el verdugo de llegar a
su víctima, sin que la justicia
ponga
remedio por
no
llegar a comprenderlo.
2.- Nuestros mandatarios deben dar un paso al frente y realmente hacer algo ante
estas situaciones. No solo vale con unos cursitos de formación, hay que hacer
especial hincapié en la concienciación. Lo mismo no vale cualquier jurista
para desempeñar su cargo en los juzgados de violencia
de
género. Si nuestros dirigentes inciden en intentar animar a las mujeres a denunciar cuando sufren violencia de
género para poder ayudarlas, que sea de verdad, y que se las proteja
de
verdad, no a medias. Otro ejemplo claro es lo que ocurre en la unidad de la Policía Nacional UFAM, donde cada policía tiene que atender a casi 100 mujeres ¿de verdad así se las puede
proteger?
O verdaderamente se comienza a comprender lo que realmente pasan las mujeres víctimas de violencia de género, entender que es el maltrato psicológico, la violencia vicaria, el maltrato económico, el maltrato sexual…… o será imposible que lleguen a
ayudarlas de verdad.
Fdo.: Gregorio Gómez
Mata
Secretario y Director de Proyectos de Asociación Alma.
En tercer lugar, emite comunicado María Chaparro León, víctima/superviviente de violencia de género, escritora de tres libros sobre
violencia de género, experta en violencia de género y profesional
formada en la materia.
Comunicado de María Chaparro León:
Yo, cómo víctima
de
violencia de género, y a pesar de que considero que he recibido
mucha ayuda de todos los profesionales tanto de juzgados, como policía, como psicólogos, terapeutas, Centro de Control Cometa, Centro de la Mujer, Concejalía de la
mujer, etc… tengo que reconocer que no comprendo por qué cuando un agresor
comete un delito de la orden de alejamiento, a pesar de haber pruebas que lo acreditan, los jueces no los
condenan.
Recientemente he tenido el último procedimiento judicial con mi agresor, en los juzgados
de
Ciudad Real, donde se le acusaba de cometer diferentes delitos de
quebrantamiento de la orden de alejamiento. Y para mi sorpresa, la primera sentencia emitida lo ha dejado absuelto.
Como es lógico vamos
a apelar y
a luchar para que se
haga justicia, por mí y por todas. Porque no veo justo que no se condenen este tipo de delitos que afectan a nuestra sociedad.
Tengo conocimiento de más casos, e incluso tengo sentencias de otras víctimas que en
la
primera sentencia los
dejaban absueltos y tienen que luchar y presentar recurso de apelación a la
Audiencia
Provincial, para que desde Audiencia Provincial los condenen
y les den una indemnización a las víctimas por el sufrimiento vivido.
No comprendo porque existen jueces y
juezas, que les permiten a los maltratadores
este tipo de quebrantamientos
sin que tenga ningún tipo de consecuencia para los agresores.
Al final los maltratadores no son castigados, pero las víctimas si lo somos.
Porque siendo sometidas a las continuas alertas de quebrantamiento de las órdenes de alejamiento, estamos volviendo a sufrir maltrato por parte de nuestros agresores.
Yo sé lo que es vivir ese infierno, sé lo que es recibir llamadas de Centro Cometa y de
policía diciendo que mi maltratador se negaba a pasar el mantenimiento obligatorio, sé lo que es que me llamen para decirme que mi maltratador está desaparecido y
no les coge el teléfono ni a Centro Cometa ni a Policía, sé lo que es que me digan que mi
maltratador ha dejado sin batería voluntariamente el dispositivo y la pulsera que lleva
en el tobillo para hacer ineficaz
el control de la orden de alejamiento, y
sé
lo que es que me llamen para decirme que está al lado de mi domicilio sin permiso judicial, aún
sabiendo que lo tiene prohibido, ya que pertenece a una zona de exclusión fija.
Cuando sucedía todo esto, solo me quedaba la opción de quedarme en casa encerrada,
sufrir múltiples crisis de ansiedad, y
tener que condicionar mi vida. Si en ese momento
tenía que ir a trabajar, no podía ir a trabajar porque debía quedarme en casa
encerrada, muerta de miedo. Si en ese momento tenía cualquier otro plan, tenía que
anularlo y cancelarlo porque mi maltratador estaba incumpliendo con la orden y con las medidas exigibles, y
yo
era la que tenía que sufrir ese quebrantamiento,
quedándome en casa, con crisis
de
ansiedad, necesitando asistencia médica, y viviendo
un auténtico infierno.
Sé lo que es quedarme en casa encerrada días y
días porque él no atiende llamadas a
Centro Cometa, o se niega a seguir las instrucciones para el correcto funcionamiento del sistema.
Sé lo que es que me llamen a cualquier hora para decirme que mi maltratador ha avisado de que se va a posicionarse de manera voluntaria en una zona donde sabe que el funcionamiento del dispositivo será nulo, sabiendo que de esta
forma me avisarían de que su dispositivo no funciona y así yo tendría que volver a
tener que sufrir más ataques de pánico y crisis
de
ansiedad por el miedo que me ocasionaba, la actitud de mi maltratador provocando continuas incidencias en la orden de alejamiento.
Cuando te llaman continuamente para informarte de todo esto, y
siendo victima
de violencia de género como yo lo fui, y conociendo todos
los
antecedentes de mi
maltratador, hay una cosa que me queda clara:
Que mi maltratador
en
vez de asumir la
orden de alejamiento como una pena
privativa
de
su libertad para garantizar mi seguridad y
mi
tranquilidad, la
utilizaba para
continuar maltratándome. Más que como un castigo, mi maltratador
ha tomado
la orden de alejamiento como un regalo que la
justicia le ha
dado
para seguir maltratándome, atormentándome, controlándome y dañándome, a
pesar incluso de ser una de las más rigurosas órdenes de alejamiento que existen, porque van controladas con un sistema
telemático.
Cuando les digo a las mujeres víctimas de violencia de género que denuncien, siempre
espero que cuando les pongan una orden de alejamiento la justicia de verdad se asegure de que el agresor la cumple, porque en mi caso a pesar de haber cometido múltiples de incidencias y
quebrantamientos, la justicia no lo ha condenado en la primera sentencia.
Me queda la
esperanza, de que en el recurso de apelación la
Audiencia Provincial sea justa y sea
consciente de que esto no puede seguir sucediendo en esta
sociedad, y
creo que ya
va siendo hora
de
que las órdenes
de
alejamientos en Ciudad Real, se
impongan para
que
se cumplan.
Porque creo que no condenando a los maltratadores que no cumplen con la orden de alejamiento, lo que se le transmite a la sociedad es que los agresores pueden saltarse la orden sin consecuencia alguna; y
a las víctimas de violencia de género se le transmite que una orden de alejamiento no les dará la seguridad y tranquilidad que
debería darle.
Solo espero que esto cambie, y
que la sentencia donde mi maltratador sale absuelto, sea solo un error de la justicia y no vuelva a repetirse este tipo de errores.
Para que las mujeres que cuenten con la herramienta de una orden de alejamiento, no tengan que
vivir el infierno y el sufrimiento que yo he vivido a consecuencia de las alarmas provocadas mediante la orden de alejamiento por mi maltratador.
Es un infierno que no se lo deseo a nadie. Porque yo puse la denuncia confiando en la
justicia, lo condenaron por varios delitos
de
maltrato, y
de
revelación de secretos, está condenado a pasar casi 9 años de prisión.
Espero que las cosas en nuestra sociedad y en nuestra ciudad cambien.
Me
consta que
Centro de la Mujer, así como Concejalía de Igualdad de Ciudad Real, van a trabajar en ello y a estudiar todos estos
casos, para que se haga justicia en los
quebrantamientos de la orden de alejamiento.
Sigo confiando en la justicia y en que nuestros mandatarios darán un paso al frente
para cambiar estas injusticias y
estas situaciones.
Ahora
solo me cabe esperar que el recurso de apelación que mi letrado presente,
sirva
para algo, y mi maltratador salga
condenado por
los
delitos que cometió con la
orden de alejamiento.
Y espero y deseo que se tomen medidas y conciencia para que ninguna víctima más
tenga que pasar por este tipo de situaciones.
Fdo: María Chaparro León
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